Pasar al contenido principal

Las empresas sin plan de igualdad no podrán acceder a las bonificaciones

Plan igualdad bonificaciones

Las multas a empresas por incumplir el plan de igualdad se han multiplicado por siete en el último año. Un requisito que afecta por igual a empresas obligadas a implantar esta medida, todas eso sí, a partir de 50 trabajadores. 

Según los datos recabados por la Seguridad Social, el endurecimiento de las inspecciones de trabajo ha provocado que la exigencia por cumplimentar los planes de igualdad se reactive, sobre todo ahora que es requisito indispensable para acceder a las nuevas bonificaciones. 

Ahorro en las cuotas como elemento motivador 

Por si las multas no eran suficiente motivo de alerta para las empresas incumplidoras con el plan de igualdad, las últimas medidas aprobadas por el Gobierno en favor de empresas que contraten de manera indefinida contarán con esta nueva condición. 

Y es que, estos nuevos incentivos, suponen también el respaldo a la igualdad laboral acudiendo al bolsillo de los empresarios, a los que les puede suponer un ahorro en las cuotas a la Seguridad Social de 3.300 euros y 1.500 euros al año por trabajador. 

¿Qué empresas están obligadas a tener planes de igualdad?  

Como decimos, todas las empresas a partir de 50 empleados desde el pasado mes de marzo, que ascienden a unas 31.300 empresas (según los últimos datos de la Seguridad Social), están obligadas por ley a cumplir con un plan de igualdad, desde que en 2019 se ampliara más allá de las compañías de más de 250 trabajadores. 

El problema es que, hoy en día, los datos disponibles dan cuenta de un elevado grado de incumplimiento que, a finales de 2022, afectaba a cerca de 229.000 trabajadores, según refleja la Inspección de Trabajo. 

Hay que tener en cuenta que algunos planes corresponden a empresas que no estaban obligadas a implantarlos por tener plantillas más pequeñas, pero que lo hicieron de forma voluntaria.  

Por ello ahora, con la incorporación de los planes de igualdad a través de las ayudas a la contratación, el requisito se entenderá cumplido con la inscripción obligatoria de este modelo el registro público, el REGCON. 

Exclusión de ayudas por despidos improcedentes 

Al hilo de la improcedencia de según qué medidas puedan penalizar los incentivos, de entre las novedades más destacadas en el nuevo sistema de ayudas a la contratación, la obligación de mantener el empleo de los contratos bonificados durante tres años conlleva varios matices que conviene aclarar. 

Sabemos que, en general, las empresas deberán mantener el empleo de los trabajadores con contratos bonificados durante ese tiempo, pero los incentivos no buscan solo emplear a personas de difícil inserción, como parados de larga duración y jóvenes sin cualificación, sino que estos contratos sean estables.  

Y es que, las empresas que no cumplan con esos tres años deberán devolver las bonificaciones recibidas, con el recargo y los intereses de demora correspondientes. No obstante, la norma prevé algunas excepciones, que no suponen que las empresas deban devolver las ayudas públicas recibidas.  

Por ejemplo, podrán aprobar despidos disciplinarios y por causas objetivas “que no hayan sido declarados o reconocidos como improcedentes”, así como “despidos colectivos que no hayan sido declarados no ajustados a derecho”. En cualquier caso, para evitar la tendencia del despido sin coste en periodos de prueba, las empresas se atendrán a la exclusión de estos incentivos.