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Tributación de influencers como empresas para evitar su exilio

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La capacidad de un sector en auge capaz de monetizar cientos de operaciones comerciales por el mero hecho de grabar un video merecía desde hace tiempo otro tipo de consideración, sobre todo si de lo que se trata es de retener su tributación en el país de origen. 

Por ello, Hacienda permitirá a partir de ahora a los influencers tributar como empresas. Así lo ha decidido la Agencia Tributaria en una consulta vinculante que trata por primera vez este asunto. 

Una actividad empresarial, no profesional 

Los influencers realizan actividades empresariales y no profesionales. Así lo establece la consulta vinculante de Hacienda, como una interpretación ventajosa que se deberá aplicar a este colectivo que resida fiscalmente en España. 

Es, desde luego, un intento de retener a estos contribuyentes en nuestro país ante la famosa y reiterada “huida” a Andorra de gran parte de los youtubers con más suscriptores en España, con la intención de pagar menos impuestos. 

Conviene, por tanto, analizar lo que Hacienda considera como actividad profesional en estos casos y que puede chocar con el desempeño de otras profesiones similares como las que realizan fotógrafos o directores de orquesta, como ejemplos de creadores de arte o contenido. 

Si el servicio que presta un influencer se considera personalísimo, por el hecho de que solo la persona lo puede prestar, en otros casos, la actividad profesional de la actividad empresarial se distingue en tener un sitio físico o digital en el que vender el contenido. 

En lo que respecta a la tributación del Impuesto sobre Sociedades, puede ponerse en duda por simulación o por operaciones vinculadas. Si el contribuyente tiene medios materiales y humanos, se entiende que no cabe alegar simulación. En el caso que trata la consulta, no se dice que haya medios humanos, por lo que podría ser considerada simulada. 

Los 'youtubers' y los grandes patrimonios 

A vueltas con la forma de fiscalizar según qué patrimonios, la Agencia Tributaria (AEAT) ha puesto en el foco, como decimos, en los influencers que tributan en Andorra. Canalizados en redoblados esfuerzos desde que, el año pasado, la polémica del cambio fiscal del youtuber conocido como el Rubius obligara a revisar los grandes patrimonios

De hecho, el Registro de Asesores Fiscales del Consejo General de Economistas (REAF-CGE) ya propuso la eliminación del impuesto sobre el patrimonio dentro de la reforma fiscal. La pérdida de su potencia recaudadora es el principal motivo que alegan los expertos. 

No obstante, existe la propuesta para que este tributo permanezca en el tiempo, solo aplicable a aquellos patrimonios que superen un determinado umbral, que asumiría en este caso, el modelo 720 sobre declaración de derechos de bienes en el extranjero cuyo régimen sancionador ya ha sido modificado

Con este fin, Hacienda ha puesto en marcha todo un entramado de análisis de estos contribuyentes a partir de las herramientas de Big Data que utiliza la Unidad Central de Control de Patrimonios Relevantes. 

El objetivo es intensificar las actuaciones de control de contribuyentes con patrimonios relevantes que deslocalizan su residencia, fingiendo que se encuentra en el extranjero cuando la Agencia Tributaria entiende que realmente residen en España. 

La Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) ha reclamado, por su parte, cambios profundos a la hora de definir el concepto de residente fiscal. Mucha tela aún que cortar si, aunque siguen existiendo indicios, muchos grandes influencers prefieren operar fuera de España.