Pasar al contenido principal

¿Hasta cuándo puedo solicitar una ayuda para reflotar mi empresa?

Ayudas solvencia empresas

Dentro del Plan de Recuperación aprobado por el Gobierno y con la llegada de las primeras ayudas directas, las líneas de avales para reforzar la solvencia de autónomos y empresas han sido una de las más solicitadas. 

Es por ello, que los plazos se han ido ampliando paulatinamente desde que se acordaran los créditos a convenir con las entidades financieras en junio de 2021. La última prorroga concedida se extiende hasta el 1 de junio de 2022 con el fin de proporcionar estabilidad económica y apoyo a las empresas en esta fase de la recuperación. 

Se amplia también la acumulación de ayudas 

Estas subvenciones van en línea con la ampliación del Marco Temporal de Ayudas de la UE y tienen carácter finalista (previo pago de todos los costes) ya que deberán utilizarse para pagar las deudas, pagos a proveedores y acreedores. Además, se pueden cubrir nóminas, seguros sociales y cuotas de autónomos. 

Se amplía, a su vez, el umbral de acumulación de ayudas, que pasa de 1,8 millones de euros a 2,3 millones por beneficiario con carácter general. 

Recordemos que estas ayudas también pueden utilizarse para afrontar los costes fijos, siempre que se hayan devengado entre marzo de 2020 y septiembre de 2021. Eso sí, dichos costes tendrán que proceder de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021. 

También tienen prioridad los pagos a proveedores, por orden de antigüedad. En cuyos casos, se reducirá el nominal de la deuda bancaria, primando las reducciones con aval público. 

Unas alternativas que pueden resultar claves para muchos autónomos y empresas que aún no han recuperado su nivel de ingresos y, por ende, no pueden hacer frente a las obligaciones de pago que suscribieron al solicitar un crédito ICO. 

Cambios en el Código de Buenas Prácticas  

Además de la ampliación del plazo de ayudas, se modifica el Código de Buenas Prácticas, que es de adhesión voluntaria y se encarga de regular el marco de reestructuración de la financiación de clientes con préstamos con aval público, así como de reforzar la estabilidad financiera para que autónomos y empresas puedan continuar con su actividad. 

Así, se extiende hasta junio el plazo para solicitar la ampliación del periodo de amortización y/o la conversión del préstamo en uno participativo y, hasta el 1 de junio de 2023, la solicitud de transferencias directas para la reducción del principal.  

Como ya comentamos, se contempla la posibilidad de aplicar quitas para reducir la deuda avalada, dentro de una serie de compromisos asumidos por las entidades financieras adheridas al Código: con carácter general, las transferencias no podrán superar el 50% del principal avalado pendiente de cada operación y podrá llegar hasta el 75% para las situaciones en que la caída de la facturación en 2020 con respecto a 2019, sea superior al 70%. 

Un total de 102 entidades (el 98% del sector), se adhirieron a este acuerdo. Las que rehusaron, alegaron motivos relacionados como el escaso negocio con empresas o por tratar de evitar estar sometidas al criterio de los grandes bancos.