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Permiso por hospitalización de familiar: ¿qué debes saber?

permiso hospitalización familiar

Uno de los permisos que más atrae la atención de cualquier profesional en el mundo laboral es el de hospitalización de un familiar. La incertidumbre cuando nos encontramos en esta situación independientemente del grado de consanguinidad es muy habitual.

Por eso, es necesario saber: ¿Qué dice exactamente el Estatuto de los Trabajadores sobre el permiso por ingreso de familiar?  Según establece el artículo 37.3 “la persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguna de los motivos y por el tiempo siguientes”:

Permiso de 2 o 4 días por hospitalización de familiar

La normativa oficial estipula un permiso laboral de 2 días por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

En el caso de que la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de 4 días con el mismo motivo. Cuando nos encontramos ante esta situación surge la pregunta: ¿Qué se entiende por desplazamiento y hospitalización?

Atendiendo a la jurisprudencia, se considera un desplazamiento como tal en caso de superar los 200 kilómetros en un trayecto.

Sin embargo, es común que en determinados convenios colectivos se indique qué se entiende por desplazamiento a estos efectos si contar los kilómetros que haya que hacer para un determinado encuentro siempre que sea otra localidad y según el grado próximo de consanguinidad, con la posibilidad de poder aumentar los días de permiso.

En este sentido, el Tribunal Supremo consideraba en una sentencia de este mismo año que, si el convenio colectivo prevé la ampliación de dos a cuatro días hábiles cuando resulte preciso hacer un desplazamiento a otra localidad, debe aplicarse también a los casos en que las localidades de residencia y hospitalización pertenecen a dos términos municipales diferentes, pero próximos entre sí.

Criterio general para obtener el permiso por hospitalización

En cuanto a la hospitalización, el criterio general para la concesión de este permiso es que el familiar enfermo pernocte al menos una noche en el centro sanitario. Sin embargo, en según qué tribunales se ha manifestado que por hospitalización debe entenderse todo ingreso hospitalario siempre que supere las 24 horas.

Si nos atenemos al Estatuto de los Trabajadores, la hospitalización de una persona conlleva el derecho del trabajador a beneficiarse de un permiso retribuido. Un hecho que vuelve a estar normalizado después de suavizarse todas las restricciones por la pandemia, que en la mayoría de los casos imposibilitaba acompañar al familiar enfermo durante su ingreso.

Y es que, en caso de no poder acompañar al familiar debido a una prohibición por las restricciones sanitarias, el permiso por hospitalización recae en varios criterios dependiendo de poder o no justificar dicho acompañamiento.

En este caso, para optar al disfrute del permiso por hospitalización, el trabajador debería avisar con antelación al empresario justificando que se ha producido una hospitalización presentando el certificado del hospital con la fecha del ingreso de la persona afectada.

Al final, la finalidad del permiso retribuido por hospitalización es “proporcionar auxilio o ayuda psíquica al enfermo” pero no ayuda física o de asistencia en alimento, pues para esa labor ya se encargan los profesionales sanitarios del centro de salud.

Los permisos retribuidos son permisos finalistas, cuyo objeto es atender a las situaciones de necesidad, a la necesidad de conciliar la vida profesional y familiar o al cumplimiento de determinados deberes, que deben disfrutarse en días laborables, con la excepción del permiso por matrimonio.