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Procedimiento especial de la Ley concursal para microempresas

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Con la trasposición de la Directiva europea de reestructuración e insolvencia, este año se ha implicado un cambio profundo del sistema concursal español: el procedimiento especial para microempresas.

Un tratamiento único que busca simplificar el proceso para reducir los costes y los plazos para acogerse a esta normativa en empresas que cuenten con menos de 10 trabajadores, una cifra de ventas inferior a 700.000 euros y un pasivo inferior a 350.000 euros.

Nuevos procedimientos

La reforma de la Ley Concursal, que entró en vigor el pasado septiembre quiere facilitar la reestructuración de empresas y agilizar el sistema concursal.

De hecho, sólo los procedimientos concursales contabilizados en enero de este año, concursos y planes de reestructuración suponen un incremento del 61% sobre los concursos que se iniciaron en el mismo periodo de 2022, según Informa D&B.

La norma introduce nuevos procedimientos como es el caso de los planes de reestructuración, un proceso que pretende evitar la insolvencia y la entrada en concurso de empresas viables. Su introducción conlleva la supresión de los acuerdos de refinanciación y acuerdos extrajudiciales de pago.

Teniendo en cuenta los tres tipos de procesos concursales: concursos, planes de reestructuración y procedimientos especiales para microempresas, las microempresas continúan representando la mayor parte de los concursos (el 91,13%), mientras que se ve una proporción significativa de empresas grandes en los procesos de restructuración (38,10%).

¿Cómo es el procedimiento especial para microempresas?

El procedimiento especial para microempresas entró en vigor el 1 de enero de este año y como decimos, es un procedimiento único ya que estas pequeñas compañías no tienen acceso ni al concurso ni a los acuerdos de reestructuración.

Normativamente hablando, el nuevo libro tercero del TRLC regula un procedimiento de insolvencia especial para las microempresas que constituyen un sector destacado de la económica española y con respecto a las cuales el legislador consideraba que los instrumentos anteriores no habían funcionado de manera satisfactoria.

El procedimiento es especial en un doble sentido, puesto que pretende encauzar tanto las situaciones concursales (de insolvencia actual o inminente) como las preconcursales (probabilidad de insolvencia) y que se aplicará de manera obligatoria a todos los deudores que entren dentro del concepto legal de microempresas.

Dicho procedimiento se configura en atención a las especiales necesidades de las microempresas y se caracteriza por la máxima simplificación procesal y reducción de costes posibles.