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Hacienda y SS compartirán datos contra los defraudadores

Hacienda Seguridad Social contra el fraude

Hace tiempo que la Administración Pública está delimitando los márgenes legales para hacer frente al fraude empresarial en todas sus formas. Como es el cambio de ciertas normativas que han permitido seguir vigilando la gestión tributaria por parte de la AEAT. 

Ahora, tanto la Agencia Tributaria como la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) acaban de suscribir un convenio de colaboración con el fin de que sus respectivos órganos encargados de la persecución del fraude puedan intercambiar información de forma transversal. 

Identificación de empresas proclives a las irregularidades 

Y es que, gracias a esta colaboración, ambos organismos podrán definir una serie de áreas comunes de riesgo y diseñar planes de actuación y procedimientos de acción coordinada ya que ninguna de las dos entidades precisa autorización para el envío de datos, puesto que la ley les habilita para ello. 

Pero no sólo se trata de acotar la actuación de empresas defraudadoras sino de todos aquellos perfiles más proclives a las irregularidades. Para ello, se definirán los fraudes a la Seguridad Social que sean "indicadores adelantados" de evasión fiscal y viceversa, según señala el texto publicado el pasado mes en el BOE. 

El acuerdo concreta cuatro grandes líneas de actuación entre Hacienda y la ITSS: 

  1. Identificación de los perfiles de empresas que defraudan y el reconocimiento de las conductas irregulares que se manifiestan con mayor frecuencia en materia fiscal y de Seguridad Social, así como la adopción de medidas preventivas y de corrección necesarias.  
  2. Precisión de fraudes a la Seguridad Social que puedan ser definidos como "indicador adelantado de riesgo de fraude fiscal" y viceversa.  
  3. Diseño y determinación de acciones para prevenir conductas fraudulentas respecto de las empresas de alto riesgo.  
  4. Diseño de planes de control y coordinación en la ejecución de los anteriores.  

Protección de datos 

El propio convenio subraya que la información se compartirá de forma fluida entre ambos organismos con respeto a los derechos al honor y la intimidad de los interesados, así como a la protección de datos personales.  

En este sentido, los datos que puede ceder la Agencia Tributaria serán los declarados por los propios contribuyentes, sin previa verificación, salvo los contenidos en el modelo 190 que tiene que ver con retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, que sí deberán ser comprobados.  

Por otro lado, el acuerdo se apoya en la habilitación legal que la ley hace a la AEAT y a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para intercambiar información para la persecución del fraude.  

Así, el artículo 94.1 de la Ley General Tributaria señala que las autoridades "estarán obligadas” a suministrar a Hacienda todos los datos, informes y antecedentes con trascendencia tributaria que la Administración requiera. 

Asimismo, la Ley Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social también establece la obligación de las distintas administraciones de suministrar al organismo los datos, informes y antecedentes que tengan trascendencia en el ámbito de sus competencias. 

Por último, el convenio establece el deber de sigilo de las autoridades, funcionarios y demás personal que accedan a los datos o información suministrada. Cabe señalar que el incumplimiento de esta obligación puede acarrear responsabilidades penales, administrativas y civiles.