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Arranca la Campaña de la Renta 2022

Declaración de la Renta 2023

Este martes 11 de abril ha arrancado la Campaña de la Renta 2022 con la presentación de las declaraciones del IRPF y de Patrimonio a través de internet, en un plazo que se prolongará hasta el día 30 de junio.

Por su parte, a partir del 5 de mayo y hasta el 30 de junio, los contribuyentes podrán presentar su declaración tanto por teléfono como en las oficinas de la Agencia Tributaria. Los que tienen resultado a ingresar con domiciliación bancaria tendrán hasta el 27 de junio para hacerlo.

Novedades Renta 2022

En este ejercicio, la aportación individual máxima a los planes de pensiones privados con derecho a deducción en el IRPF se reduce a 1.500 euros anuales mientras que las aportaciones máximas a los planes de empresa con derecho a deducción se elevan hasta 8.500 euros para 2022. No obstante, la aportación total con beneficios fiscales se mantiene en 10.000 euros anuales.

Una nueva campaña en la que hay que tener en cuenta, a parte de los plazos estimados, una serie de novedades que exigen realizar la declaración de forma correcta, como es el caso de los tramos del IRPF cuyos rendimientos para el trabajo van cambiando de un año para otro.

Otra variante es la de las actividades económicas en estimación objetiva, donde se aumenta la reducción general sobre el rendimiento neto de módulos del 5% al 15% para 2022, así como para las actividades agrícolas y ganaderas, donde se aplicarán índices correctores por piensos adquiridos a terceros y por cultivos en tierras de regadío que utilicen energía eléctrica, entre otras.

Por otro lado, los contribuyentes que desarrollen sus actividades económicas en la isla de La Palma podrán reducir su rendimiento neto de módulos en un 20%, como consecuencia de las erupciones volcánicas ocurridas allí.

La Agencia Tributaria ha habilitado la descarga de los datos fiscales y algunos contenidos informativos para facilitar la gestión de las declaraciones a través de este enlace.

A tener en cuenta

Al presentar la declaración de la renta, conviene estar pendiente de las modificaciones en las escalas del impuesto sobre la renta de las personas físicas aprobadas con efecto retroactivo desde 2022 por algunas CCAA, con el objetivo de contrarrestar el aumento de precios durante el año.

Por otro lado, en esta Campaña de la Renta, la Agencia Tributaria ha habilitado una casilla para registrar las ganancias y pérdidas resultantes de la transmisión o intercambio de criptomonedas.

Entre las principales modificaciones, el apartado de 'Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales' del Modelo 720 se ha desglosado en tres subapartados. Estos comprenden la transmisión de inmuebles y derechos reales sobre bienes inmuebles, las transmisiones o permutas de monedas virtuales y una casilla de carácter residual para 'Otros elementos patrimoniales'.

¿Tengo que hacer la declaración de la Renta?

Conocer cuándo y en qué casos es obligatorio presentar la declaración es fundamental para evitar sorpresas desagradables que puedan afectar a nuestra economía. Y es que el IRPF debe ser abonado por las personas físicas residentes en España como justificante de todos los beneficios o rentas que hayan obtenido a lo largo del año fiscal.

También es obligatorio declarar los rendimientos del capital mobiliario (alquileres, por ejemplo) y ganancias patrimoniales, incluyendo en estas últimas, premios como la lotería, concursos, reembolso de fondos de inversión…etc.

Si nos preguntamos en qué casos no es obligatorio hacer la declaración, debemos saber que además de las personas cuyas nóminas no superen los 14.000 euros anuales, no tendrán por qué declarar aquellos trabajadores que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, o ganancias patrimoniales que conjuntamente no superen los 1.000 euros, ni quienes hayan tenido, exclusivamente, pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

Sin embargo, aunque no se llegue al mínimo, es aconsejable consultar el borrador de la renta, ya que los contribuyentes tienen el derecho a aplicar diferentes deducciones o reducciones y a recibir, si corresponde, una devolución.