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La UE valora endurecer la inspección de empresas fantasma

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Las sociedades fantasma carecen de actividad relevante conocida. Es por ello que el Parlamento Europeo ha votado a favor de ampliar la regulación para prevenir el uso indebido de empresas ficticias para evadir impuestos. 

Con un escrutinio casi unánime, desde Estrasburgo se han mostrado a favor de endurecer la legislación con la que evitar que las empresas de la Unión Europea con actividad económica nula o mínima se beneficien de ventajas fiscales en los Estados miembros donde están establecidas. 

En busca de una definición común 

El debate sobre las sociedades fantasma siempre ha resultado complejo, en parte debido a la falta de una definición común. Aunque suelen entenderse como aquellas sociedades de capital sin empleados, sin producción y sin presencia física en el país de registro.  

No obstante, también entran en esta acepción las empresas con poca o escasa producción y muy poco empleados. Por ello, el Parlamento advierte de que estas empresas, aunque a veces pueden desempeñar funciones comerciales útiles, también pueden ser utilizadas de forma indebida con fines de planificación fiscal agresiva o evasión fiscal. 

La intención es que la directiva esté en vigor para enero de 2024. Sobre todo, después de que ya en diciembre de 2021, la Comisión Europea realizara una propuesta de directiva para identificar a este tipo de sociedades mediante una prueba de cribado. 

Esta consistiría en examinar la cuota de rentas pasivas y de transacciones transfronterizas de las entidades, y si externaliza la gestión. Así, las empresas sospechosas estarían obligadas a presentar pruebas documentales de sus instalaciones, de una cuenta bancaria activa y de la residencia fiscal de los directores y de la mayoría de sus empleados. 

Ahora, la Eurocámara pide modificar dicha propuesta reduciendo los umbrales de renta de la prueba de cribado y que también se facilite información sobre el beneficio total de la entidad antes y después de impuestos.  

Además, con el fin de permitir una mejor distinción entre las empresas ficticias legítimas y las existentes a efectos fiscales, los eurodiputados plantean modificar los requisitos de intercambio de información entre los Estados miembro para garantizar una mejor calidad e integridad de los datos que se comparten. 

Sanciones más duras 

En lo que respecta a las sanciones, los eurodiputados reclaman situarlas en un mínimo del 2% de los ingresos de la empresa en el año fiscal correspondiente por no informar correctamente y al 4% de los ingresos por hacer declaraciones falsas. 

Por último, en lo referente al caso de ingresos cero o inferiores a un umbral establecido por la autoridad fiscal nacional, la sanción debe basarse en los activos totales de la empresa. 

La opinión del Parlamento Europeo se transmitirá ahora al Consejo, que deberá tenerla en cuenta a la hora de crear la directiva, para lo que es necesaria la unanimidad de todos los Estados miembro.