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¿Qué es el Mecanismo RED y cómo afecta a los ERTE?

Mecanismo RED ERTE 2022

 

Una de las muchas novedades que incorporó la nueva reforma laboral aprobada en diciembre del año 2021 es la creación del denominado Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo, una nueva herramienta que debe ser aprobada en Consejo de Ministros.

¿Qué es el Mecanismo RED?

Hablamos de un instrumento de flexibilidad y estabilización del empleo que, una vez activado por el Consejo de Ministros, permitirá a las empresas la solicitud de medidas de reducción de jornada y suspensión de contratos de trabajo.

Tiene como principal objetivo reforzar la vinculación de las personas trabajadores con la empresa y proporcionar las garantías e incentivos necesarios para su posterior reincorporación.

Su activación es compleja, puesto que se realiza a propuesta conjunta del Ministerio de Trabajo y Economía Social, de Asuntos Económicos y Transformación Digital, y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, previo informe de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. Este requisito no lo tienen que cumplir los ERTEs “ordinarios” recogidos en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 47).

Otra de las claves a tener en cuenta es que existen dos modalidades de Mecanismo, cada una pensada para situaciones concretas y delimitadas.

Modalidades de Mecanismo RED

  • Modalidad cíclica: aplicable cuando la coyuntura económica general lo aconseje (tiene una aplicación máxima de 1 año).
  • Modalidad sectorial: aplicable cuando en un sector sean necesarios procesos de recualificación y transición profesional (tiene una duración máxima de 1 año con posibilidad de dos prórrogas de 6 meses cada una)

Lectura de interés: Procedimiento para solicitar el Mecanismo RED

Activación del Mecanismo: qué deben tener en cuenta las empresas

En la modalidad sectorial, las organizaciones sindicales y empresariales más representativas a nivel estatal pueden solicitarlo a los Ministerios referidos la convocatoria de la Comisión tripartita del Mecanismo RED. Una Comisión que deberá reunirse en el plazo de 15 días desde la solicitud.

En todo caso, y previamente a su elevación al Consejo de Ministros, es imprescindible informar a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas a nivel estatal.

Supongamos que en Consejo de Ministros se aprueba este Mecanismo. Una vez activado, las empresas podrán solicitar voluntariamente a la autoridad laboral la reducción de la jornada o la suspensión de los contratos de trabajo, mientras esté activado el Mecanismo, en cualquiera de sus centros de trabajo.

¿Cómo se debe iniciar el procedimiento? Mediante solicitud por parte de la empresa dirigida a la autoridad laboral competente y comunicación simultánea a la representación de las personas trabajadoras (previo desarrollo de un periodo de consultas).

En el caso de la modalidad sectorial, además, la solicitud debe ir acompañada de un plan de recualificación de las personas afectadas.

Acto seguido, la autoridad laboral remitirá el contenido de la solicitud empresarial a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y recabará informe preceptivo de esta sobre la concurrencia de los requisitos correspondientes.

Este informe será evacuado en el plazo de 7 días desde la notificación de inicio por parte de la empresa a la autoridad laboral.

Posteriormente, la autoridad laboral es la encargada de dictar resolución en el plazo de 7 días naturales a partir de la comunicación de la conclusión del periodo de consultas.

  • Si el periodo de consultas termina con acuerdo, la autoridad laboral autorizará la aplicación de este Mecanismo, pudiendo la empresa proceder a las reducciones de jornada o suspensiones de contrato en las condiciones que se hayan acordado.
  • Si el período de consultas concluye sin acuerdo, la autoridad laboral dictará resolución estimando o desestimando la solicitud empresarial.

Hay ciertas normas comunes a las dos modalidades. Entre otras destacamos:

  • La reducción de jornada podrá ser de entre un 10% y un 70%.
  • Al enviar la solicitud, la empresa debe indicar el período dentro del cual se va a llevar a cabo la aplicación de la suspensión del contrato o la reducción de jornada, la identificación de las personas trabajadoras incluidas en el expediente de regulación temporal de empleo, así como el tipo de medida a aplicar.

Mecanismo RED: exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social

Este Mecanismo ofrece exenciones voluntarias en la cotización a la Seguridad Social sobre la aportación empresarial por contingencias comunes y conceptos de recaudación conjunta.

Modalidad cíclica:

  • 60% desde la fecha en que se produzca la activación, por acuerdo del Consejo de Ministros, hasta el último día del cuarto mes posterior a dicha fecha de activación.
  • 30% durante los cuatro meses siguientes a la finalización del plazo anterior.
  • 20% durante los cuatro meses siguientes a la finalización del plazo anterior.

Modalidad sectorial: el 40%, vinculadas a la puesta a disposición de los trabajadores de acciones formativas a través de cualquiera de los tipos de formación previstos en la Ley Orgánica 5/2002 o a través de cualquier otro sistema de formación acreditada.

En relación a las exoneraciones, el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ha afirmado en una entrevista a La 2 y Rádio 4 que “cuando exista un sector concreto en el que se perciba la necesidad de reestructuración porque no da más de sí se puede hacer un ERTE sectorial, más allá de los individuales”.

"Entonces se dan ayudas en forma de exoneraciones de cuotas a la Seguridad Social, más la prestación para los trabajadores correspondiente, de tal forma que en ese periodo los trabajadores se vayan formando con las empresas en habilidades y capacidades que les permite hacer un salto", ha indicado el ministro.

¿Se activará el mecanismo RED en marzo de 2022?

La actual prórroga de los ERTE COVID se prolongará hasta finales de marzo (ver aquí última hora: Prórroga de los ERTE hasta el 31 de marzo de 2022).

¿Qué podrán hacer las empresas afectadas una vez finalizada la prórroga de los ERTE?

  1. Optar por los ERTE que regula el Estatuto de los Trabajadores (cuya normativa ha sido recientemente modificada por la reforma laboral).
  2. Acogerse al Mecanismo RED en caso de que sea activado por el Consejo de Ministros, siempre y cuando estén incluidas en alguna de las los modalidades (sectorial y cíclica).