Pasar al contenido principal

¿Llega el fin de los ERTE por Fuerza Mayor?

ERTE

La Ley 3/2021, de 12 de abril recoge medidas complementarias en el ámbito laboral para paliar los efectos derivados del COVID-19. Vigente a partir del 13 de abril, establece y recuerda medidas que desarrollan el RDL 8/2020 relativas a la protección al empleo durante la emergencia sanitaria ocasionada por el coronavirus.

Es decir, esta reciente ley laboral es el resultado de la tramitación parlamentaria del Real Decreto-ley 9/2020 de medidas de protección al empleo. Por tanto, muchas de las medidas que recoge esta ley ya estaban vigentes con anterioridad puesto que derivan de decretos ley de hace un año.

¿Cuánto más durarán los ERTE por Fuerza Mayor?

En primer lugar, hay que destacar que la Ley publicada el día 13 de abril establece que la duración de los ERTE por Fuerza Mayor (artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo) no podrá extenderse más allá del periodo en que se mantenga la situación extraordinaria derivada del covid-19 de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 de la misma norma, entendiéndose, por tanto, que su duración máxima será la del estado de alarma decretado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y sus posibles prórrogas.

No obstante, la nueva prórroga de los ERTE por Fuerza Mayor aún no se ha acordado. El 6 de mayo comenzaron las reuniones para prorrogar nuevamente este mecanismo de protección de empleo y se concrete el modelo de funcionamiento será el mismo o por el contrario se producirán cambios. Por el momento, el Gobierno ha propuesto prorrogar los ERTE otros cuatro meses más, hasta el 30 de septiembre de 2021.

Contradicciones sobre la duración máxima de los ERTE por Fuerza Mayor

Salvo prórroga que lo amplíe, el estado de alarma finaliza el día 9 de mayo de 2021, por lo que, según establece la nueva ley, los ERTEs por Fuerza Mayor podrían llegar a su fin ese mismo día. Sin embargo, esto contradice lo dispuesto en el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, actualmente vigente y que prorrogó automáticamente los ERTE por Fuerza Mayor hasta el 31 de mayo de 2021.

Ante esta contradicción, la Dirección General de Trabajo (DGT)  ha respondido a diversas consultas sobre la ley 3/2021, afirmando que "la fecha hasta la que están prorrogados los ERTE por Fuerza Mayor es el 31 de mayo de 2021, tal y como establece el artículo 1 del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero"

Otras medidas laborales de interés para las empresas

Por otro lado, la reciente ley publicada nos recuerda la “limitación/prohibición” de despedir por causas relacionadas con el coronavirus, vigente hasta el día 31 de mayo de 2021. Esta “prohibición” de despedir ya estaba regulada en el último Real Decreto-ley aprobado en enero de 2021.  Concretamente, la nueva ley señala que “la fuerza mayor y las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción en las que se amparan las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada previstas en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, no se podrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido”

Igualmente, el texto normativo deja claro que se amplía hasta el 31 de mayo de 2021 la interrupción del cómputo de la duración máxima de los contratos temporales.

Las empresas podrán ser sancionadas

La nueva ley también señala que las solicitudes presentadas por la empresa que contuvieran falsedades o incorrecciones en los datos facilitados darán lugar a las sanciones correspondientes, con el fin de evitar el uso fraudulento de los recursos públicos para finalidades distintas para los que fueron creados.