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Bono Cultural Joven | ¿Qué debes saber sobre la solicitud?

Bono Cultural Joven

El Consejo de Ministros de hoy, martes 22 de marzo de 2022, ha aprobado la norma que regula el Bono Cultural Joven. ¿Qué quiere decir esto? Que los jóvenes que cumplen 18 años en 2022 dispondrán de 400 euros para adquirir y disfrutar de productos, servicios y actividades culturales.

El objetivo de esta medida desde el punto de vista empresarial es revitalizar y dinamizar el sector cultural en España.

Ahora que el Bono Cultural Joven ha sido aprobado de manera oficial, comienza el plazo para que las empresas, establecimientos o instituciones que quieran participar ofreciendo sus productos se adhieran cumpliendo los requisitos fijados.

Las empresas interesadas en adquirir la condición de entidad adherida al Bono Cultural Joven deberán solicitar su adhesión en los términos y plazos que se establezcan en convocatorias futuras, las cuales se prevé que se aprueben en los próximos meses.

Las extraordinarias circunstancias motivadas por la pandemia han afectado igualmente al gasto de la ciudadanía en bienes y servicios culturales, habiéndose detectado un descenso interanual en 2020 del 15,8 %, especialmente desfavorable en los espectáculos como cine o teatro.

¿Qué es el Bono Cultural Joven de 400 euros?

Es un Bono de 400 euros que podrán utilizar los jóvenes que cumplen 18 años durante el año 2022. Será de uso exclusivo en establecimientos o instituciones adheridas al programa, situados en todo el territorio nacional, o cuya oferta sea consumible desde el citado territorio. Podrán ser igualmente beneficiarias aquellas personas que sean solicitantes de asilo en España y las personas solicitantes de protección temporal.

Al beneficiario se le abonará los 400 euros en un único pago, en formato de tarjeta de preparo virtual nominal, que estarán vigentes durante los 12 meses siguientes a su concesión (Recordamos que estas ayudas ya estaban previstas en los Presupuestos Generales del Estado para 2022).

¿En qué se puede gastar el Bono Cultural Joven?

El Bono Cultural Joven se podrá destinar:

  • Hasta 200 euros a artes en vivo, patrimonio cultural y artes audiovisuales (entradas y abonos para artes escénicas, música en directo, cine, museos, bienes integrantes del patrimonio histórico español, bibliotecas, exposiciones y festivales escénicos, literarios, musicales o audiovisuales)
  • Un máximo de 100 euros a bienes culturales en soporte físico (revistas, prensa, u otras publicaciones periódicas; videojuegos, partituras musicales, discos de vinilo, CD, DVD, o los Blu-ray)
  • Otros 100 euros al consumo digital/online: suscripciones y alquileres a plataformas musicales, de lectura o audiolectura, o audiovisuales, compra de audiolibros, compra de libros digitales, compra de canciones o álbumes digitales a través de plataformas de venta de música, suscripción para descarga de archivos multimedia (podcasts), suscripciones a videojuegos en la nube o en línea, suscripciones digitales a prensa, revistas u otras publicaciones periódicas.

Importante: No será subvencionable la adquisición de productos de papelería; libros de texto curriculares, ya sean impresos o digitales; equipos, software, hardware y consumibles de informática y electrónica; material artístico; instrumentos musicales; espectáculos deportivos y taurinos; moda y gastronomía.

Cuando alguna de las actividades o gastos subvencionables superase bien la cuantía total del Bono concedida al joven beneficiario, este puede abonar la diferencia hasta el precio total por cualquier medio de pago admisible por la entidad adherida.

Las actividades y gastos subvencionables deben realizarse en el plazo máximo de un año desde la fecha de concesión del Bono Cultural Joven a cada beneficiario. Transcurrido el mencionado plazo sin que el beneficiario haya agotado el importe concedido del Bono Cultural Joven, éste se desactivará automáticamente, debiendo la entidad colaboradora proceder a la devolución de los importes no disfrutados.

¿Cómo se solicita el Bono Cultural Joven?

Las solicitudes del Bono Cultural Joven se podrán presentar a través de una plataforma específica diseñada para esta finalidad.

Concedida la ayuda al joven beneficiario, se abonará el importe total concedido, en un único pago, en formato de tarjeta prepago virtual. De manera excepcional se podrá pedir la tarjeta en formato físico (por ejemplo, cuando el joven no tenga móvil propio).

Ya aprobada la norma, ahora lo que hay que hacer es esperar a la publicación de las convocatorias para:

  • la adhesión de las empresas que estén interesadas en sumarse al programa y;
  • la solicitud de las ayudas por los jóvenes beneficiarios.

El plazo máximo para resolver y notificar la adhesión es de 6 meses contados desde la fecha de presentación de la solicitud. Es importante que las entidades que quieren adherirse tengan en cuenta que, transcurrido el citado plazo máximo para resolver sin haberse notificado resolución expresa, se entiende estimada la solicitud por silencio administrativo.

Nota: el bono cultural también es compatible con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso, procedente de otras administraciones públicas.

En definitiva, con el fin de contrarrestar los efectos negativos de la crisis sanitaria, económica y social, se han implementado un conjunto de medidas y actuaciones orientadas a garantizar la sostenibilidad de las industrias culturales y creativas, al tiempo que se fomenta el acceso de la ciudadanía a la cultura.