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Se reactiva el plan del Gobierno para atraer mano de obra extranjera

Plan contratación extranjera

La alarma laboral de muchos empresarios constata, desde hace tiempo, la falta de mano de obra en sectores estratégicos como la construcción, la industria metalúrgica o el transporte por carretera, entre otros. Algo que choca frontalmente con los casi 3 millones de desempleados que tiene el país, según los últimos registros del SEPE. 

Después de aprobar el pasado verano un nuevo reglamento de extranjería, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones vuelve a poner el foco en la contratación foránea para solucionar el problema a través de una regulación colectiva. 

Formación en plantillas y autorización de residencias 

El Ejecutivo que encabeza el ministro José Luis Escrivá tiene preparada una Orden Ministerial para facilitar que los empresarios contraten fuera del país a los trabajadores que no encuentran en España.  

Una medida que busca facilitar la formación de plantillas en sectores con problemas de personal, para los que facilitará también las autorizaciones de residencia de forma colectiva. Un proyecto al que ya se le busca encaje dentro de la nueva reforma laboral para tramitarlo el año que viene. 

Debido a la rapidez por querer adaptar estos permisos antes de fin de año, desde el Ministerio de Trabajo liderado por Yolanda Díaz se teme por la creación de bolsas de contratación ilegal, con rebaja de derechos y salarios de los trabajadores. Precisamente, el tema principal de rechazo por el que fue tan discutida la reforma laboral. 

En este sentido, desde la cartera de Seguridad Social aseguran que esta Orden permitirá atender esta demanda de las empresas, proteger los derechos de los trabajadores y adaptarla a la reforma, sobre todo en la base de la sustitución del contrato temporal por el fijo discontinuo. 

Novedades 

La Orden Ministerial que quiere aprobar la Ejecutiva central en el próximo ejercicio para facilitar la contratación de mano de obra extranjera tiene varias novedades que conviene analizar: 

  • Contratación colectiva, en lo que se refiere a autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena no estacionales o no asociadas al retorno, a través de la migración estable. 

Los empresarios podrán dar empleo a las personas que necesiten, en los oficios o trabajos que precisen, sin que Inclusión o Trabajo marquen cupos por especialidades. Eso sí, los trabajadores contratados tienen que estar cubiertos por el Estatuto de los Trabajadores y el convenio del sector.  

  • Formación en España, lo que permitirá a las empresas que formen a los trabajadores en nuestro país con una autorización provisional, con el fin de que estos puedan desarrollar la actividad en el momento preciso en el que lo necesite la empresa.  

A causa de la necesidad de ciertos sectores, la norma ministerial habilitará esta solución específica para sectores deficitarios que requieren para la incorporación de su personal de una habilitación profesional previa, como conductores o construcción.  

Migración circular  

Al final, el objetivo del Gobierno es crear un flujo laboral de carácter estable, entendido como la contratación de trabajadores en origen de forma colectiva mediante la gestión simultánea de sus autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena, para atender a la cobertura de puestos que no tengan naturaleza estacional. 

Un arraigo por formación que, como en el caso del reformado reglamento de extranjería, permite regularizar a miles de inmigrantes e integrarlos de manera legal en el mercado laboral. En este caso, una persona extranjera que lleve dos años viviendo en España sin papeles podrá obtener la residencia si se forma en algún sector económico necesitado de mano de obra en nuestro país.  

Dentro de la Orden Ministerial que propone Escrivá, se prevé una autorización de cuatro años para que un trabajador extranjero pueda combinar su estancia en España con un empleo de hasta nueve meses de duración con el regreso a su país cuando se acabe el contrato. 

No obstante, el Gobierno podrá prorrogar el permiso de cuatro años para volver a España cada vez que llame la empresa a dicho trabajador o, por otro lado, conceder un permiso de estancia durante dos años, siempre que se respete el compromiso inicial de volver al país de origen cuando se acabe el trabajo de nueve meses.