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Las juntas virtuales de accionistas ya son una realidad

Juntas telemáticas

La aprobación del Gobierno llega más tarde de los esperado, pero finalmente ha llegado. Las empresas del Ibex solicitaron a principios de año al Ministerio de Asuntos Económicos que regulara de manera excepcional las juntas de accionistas de manera 100% virtual durante 2021.

Ahora ya son una realidad. Las empresas deberán asegurar, eso sí, la identidad del sujeto que ejerce su derecho al voto y ofrecer la posibilidad de participar en la reunión por todas las vías, ya sea telemáticamente, a través de votos delegados o anticipados.

Celebración y asistencia virtual

En 2020, a consecuencia de la pandemia, las organizaciones limitaron su número de juntas y se permitió que este tipo de reuniones se efectuara sin necesidad de desplazarse, mientras que todos los asistentes con derecho a representación dispusieran de los medios necesarios para acreditar su identidad.

No obstante, la última regulación correspondiente al mes de noviembre, menciona la permisibilidad de la asistencia por medios telemáticos, pero no decía nada de la celebración de las juntas. El problema acarreaba implicaciones organizativas y económicas que debían llevarse a cabo como antes del Covid.

En este sentido, la limitación de los accionistas debido a las restricciones sufridas por la pandemia ha podido ocasionar impugnaciones de estas convocatorias, algo que se ha solucionado con la aprobación de este real decreto-ley, que recoge que durante todo este año el consejo de administración “podrá prever en la convocatoria de la junta la asistencia por medios exclusivamente telemáticos”.

Así, la reunión se considerará celebrada en el domicilio social con independencia del lugar en el que se localice el presidente de la junta. De hecho, para asegurar la máxima participación, se contemplará la posibilidad de votar o delegar a distancia con anterioridad a la reunión.

Otra de las medidas de obligado cumplimiento para celebrar una junta 100% telemática, es la que señala que el acta se levante por un notario. Se consigue de esta forma la mayor garantía tanto para la sociedad como para los accionistas.

Reforma de la Ley de Sociedades

La actual Ley de Sociedades de Capital, que se encuentra ya en las Cortes para su reforma, incluye la fórmula de juntas duales (presenciales, pero con participación virtual), pero no exclusivamente telemáticas.

Los cambios previstos en las modificaciones incluyen esa nueva acepción, aunque según advierten los expertos, la temporada alta de juntas arranca ahora, y la reforma no llegará a tiempo.

Según un informe de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) el 60% de las empresas que han convocado o celebrado estas asambleas para 2021, lo han hecho de forma 100% telemática, lo que se traduce al final en una forma de ahorrar riesgos y dinero.

Juicios telemáticos

Igual que ha pasado con las juntas de accionistas, otro ejemplo de la popularización telemática en todos los niveles administrativos, lo han protagonizado los juicios. Estos, se han vuelto indispensables para reconocimientos judiciales de incapacitados e internamientos, por ejemplo, así como para trámites judiciales de poca duración como pueden ser audiencias previas en juicios civiles.

La solución que ha traído la telematización de estos procedimientos ha desahogado, por así decirlo, las salas de lo penal, al tratarse de un sistema rápido y ágil que está optimizando el rendimiento de estos órganos.