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Cómo se reparten los 7.000M€ de ayudas directas a empresas

Ayudas directas

Tras meses de espera y negociación, el pasado 13 de marzo se publicaba en el BOE el Real Decreto-ley con el listado definitivo de las actividades que podrán acogerse a recibir el nuevo paquete de ayudas del Gobierno para empresas y autónomos. De los 11.000 millones de euros previstos, 7.000 representarán ayudas directas para las que los solicitantes deben cumplir una serie de requisitos.

Tras aprobarse en Consejo de Ministros extraordinario, las Comunidades Autónomas serán las encargadas de su gestión, a través de la firma de unos convenios que posibilitarán la llegada de las ayudas a lo largo de este año.

Sectores específicos de las empresas beneficiarias

Para poder recibir estas ayudas, las empresas y autónomos deben estar domiciliados en España y haber registrado en el ejercicio 2020 una caída de más del 30% en su volumen de operaciones anual con respecto a 2019. Además, el destino de las ayudas deberá ser primero para el pago a proveedores y después para el pago de deudas bancarias, con prioridad por las que tienen aval público.

El reparto de las ayudas se realizará en función del peso de cada Comunidad Autónoma en la caída del PIB y el desempleo, presentando especial atención al juvenil. Algunos de los sectores que podrán acogerse a este tipo extraordinario de ayudas son, entre otros, edición de periódicos, bares, restaurantes, comercios, cines, gimnasios y locales de apuestas. De estos 7.000 millones, 5.000 irán a las comunidades autónomas peninsulares, Ceuta y Melilla, mientras que los restantes irán a Canarias y Baleares.

En este sentido, el sector turístico y la hostelería reciben especial atención en los archipiélagos ya que esta partida específica se destina a las dos comunidades más afectadas por las medidas restrictivas de la pandemia. Según datos del Banco de España, el PIB balear cayó el 27% en 2020 mientras que la economía canaria, descendió alrededor de un 20%.

Aquellos que están en régimen de estimación objetiva podrán recibir hasta 3.000 euros, mientras que las empresas que tengan un régimen de estimación directa con un máximo de diez empleados podrán recibir un 40% de las pérdidas. Las que tengan más empleados, un 20%, con una subvención que no podrá ser menor de 4.000 euros ni superior a los 200.000 euros.

Reestructuración de la deuda y recapitalización de empresas

Además de las transferencias directas, el Gobierno aprobará otros dos tramos de ayuda. El primero, dotado con 1.000 millones de euros, se destinará a la recapitalización de empresas medianas, similar al creado ya para las grandes, aunque en esta ocasión será gestionado por Cofides. El segundo, de 3.000 millones de euros, estará destinado a la reestructuración de las deudas empresariales que cuenten con aval del ICO.

Las ayudas, que se podrán solicitar hasta el 31 de diciembre de este año, compensarán, como máximo, el 40 % de la caída adicional de ingresos en el caso de micropymes y autónomos (hasta 10 empleados), y hasta un 20 % para el resto de empresas.

Las Comunidades Autónomas recibirán la transferencia de estos fondos en un plazo máximo de un mes y diez días, previa firma de convenio, en base a la publicación que estipula el monto que le corresponderá a cada una de las regiones y que se aprobó el pasado 26 de marzo.

Comunidades Autónomas y Ceuta y Melilla

Reparto compartimento 1

(miles de euros)

Cataluña 993.282,41
Galicia 234.470,88
Andalucía 1.109.244,34
Principado de Asturias 107.765,40
Cantabria 55.363,82
La Rioja 32.511,75
Región de Murcia 142.522,91
C.Valenciana 647.081,98
Aragón 141.348,90
Castilla-La-Mancha 206.342,55
Extremadura 106.466,13
Madrid 679.287,79
Castilla y León 232.560,23
País Vasco 217.997,30
Navarra 67.620,09
Ceuta 13.862,52
Melilla 12.271,00
Total 5.000.000,00

Requisitos para poder acceder a las ayudas directas

Los destinatarios que puedan acceder tanto a las subvenciones directas como a las ayudas financieras tienen que cumplir varias condiciones:

  • No haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho o malversación de caudales públicos, entre otros.
  • No haber dado lugar, por causa de la que hubiese sido declarada culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones o ayudas públicas y en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No haber solicitado la declaración de concurso voluntario o no haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento.
  • No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
  • Los destinatarios de estas ayudas deberán mantener la actividad correspondiente a tales ayudas hasta el 30 de junio de 2022.
  • No aprobar incrementos en las retribuciones de la alta dirección durante un periodo de 2 años desde aplicación de alguna de las medidas